lunes, 17 de mayo de 2010

Topes financiación electoral por Juan Martín Estrada

La Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos en un fallo sin precedentes eliminó cualquier límite a la financiación de campañas electorales por parte de particulares. La decisión del Tribunal Supremo ha desatado una gigantesca controversia dentro de las altas esferas jurídicas y políticas del país norteamericano, ya que el fallo pone en entredicho leyes electorales de 24 estados las cuales directa o indirectamente limitan la financiación privada a las campañas electorales, e incluso sectores especializados han concluido que el fallo podría afectar procesos judiciales pendientes en la materia. Por su parte, el presidente Barak Obama concluyó en declaración posterior al fallo, que este constituía una “gigantesca victoria para las grande compañías de petróleo, los poderosos bancos de Wall Street, y del intereses poderosos que ostentan su poder en Washington, ahogando la voz de miles de amaricanos” . La sentencia que tuvo una votación 5-4 dentro de la Corte, se consolidó tras una demanda por parte de la organización Citizen United a la Comisión Electoral Federal a raíz de la prohibición por parte de la mencionada institución electoral de emitir un documental crítico con Hillary Clinton en uno de sus canales televisivos en el contexto de las elecciones primarias de 2008. La sentencia que se enmarca dentro del espíritu de un tribunal con mayorías republicanas, marca un radical cambio en el precedente constitucional ya que la Corte en decisiones pasadas había sellado la tesis según la cual las limitaciones a la financiación electoral se ajustaban al espíritu de la Constitución. Fallos importantes como Austin v. Michigan Chamber of Commerce y McConnell v. Federal Election Commission, habían ratificado la mencionada tesis. La argumentación de la Corte de la mano de la primera enmienda constitucional, consolidó la tesis según la cual los límites a la financiación electoral significan una violación contundente al derecho a la expresión política. En ese sentido el juez Anthony Kennedy expresó “Si la primera enmienda tiene alguna fuerza, es la de prohibir al Congreso la sanción o el encarcelamiento de ciudadanos, o agrupaciones de ciudadanos, simplemente por expresarse políticamente” .
Las voces dicientes del fallo han expresado su gigantesco temor frente al futuro de la democracia estadounidense y sus instituciones electorales. Por su parte, el juez liberal John Paul Stevens quien votó en contra de la medida redactó un pasional salvamento de voto de más de 90 páginas en donde expresó: “La decisión de la corte amenaza con menoscabar la integridad de las instituciones electorales de toda nuestra nación" . Por otro lado, diversos analistas políticos han concluido que el fallo tiene un fuerte interés republicano ya que es evidente que el partido de ideología conservadora tiene como su incondicional aliado a las grandes corporaciones. Ante tal situación el Partido Demócrata y la Casa Blanca han anunciado que presentaran ante el legislativo un modelo normativo en respuesta a la controvertida sentencia de la Corte Consitucional. La norma tendría como eje central la obligación a las corporaciones privados a revelar públicamente su apoyo financiero a campañas políticas.
La historia normativa frente a la regulación del flujo de dinero privado a la política norteamericana tiene como punto de partida el denominado escándalo de Watergate, ya que desde 1970 el Congreso ha impuesto estrictas regulaciones en el tema. No obstante es pertinente preguntarse a propósito del fallo reciente de la Corte Suprema, si el estricto sistema de regulación ha cumplido sus fines. El trasfondo de limitar los recursos privados a las campañas electorales está en evitar fenómenos de corrupción previniendo que la democracia sea cooptada por intereses particulares. De esta manera, el problema funcional radica en cómo los países utilizan la figura de la financiación electoral como un mecanismo que fortalece los principios y valores democráticos.
En cuanto al tema de la financiación de campañas electorales en Colombia es posible realizar las siguientes consideraciones. En Colombia el financiamiento de las campañas es de carácter mixto y los topes los pacta el Consejo Nacional Electoral seis meses antes que lleve a cabo las elecciones. Tanto el estado como particulares participan en la financiación electoral; el estado, maneja el sistema de reposición de voto, el cual se ve representado en la cantidad de votos, por el valor fijado en el Consejo Electoral. Cabe aclarar que si el candidato no alcanza el umbral pertinente previsto en los comicios electorales, no se le aplicara el sistema de reposición de votos. Los aportes a la campaña de personas jurídicas o naturales, debe estar bajo los limites y debe estar especificado de donde salieron los aportes. Frente al tema de la importancia de los topes de financiación vale la pena incluir en el análisis la reciente sentencia de la Corte Constitucional que declaró inexequible una ley que convocaba a un referendo que intentaba la modificación de la Constitución para posibilitar una segunda reelección presidencial. Frente al caso, la Corte entre otros argumentos determinó que la violación de topes de financiación en este caso los aportes para la consecución de las firmas para la convocación popular del referendo, es una situación de tal gravedad que puede incluso llegar a afectar el fondo de la situación jurídica, en este caso específico la misma convocatoria popular.
Frente al tema es menester realizar un análisis comparativo frente a los límites de financiación privada a las campañas electorales. Para empezar en importante recalcar que es evidente que el fallo de la Corte Suprema de Justica de los EEU responde claramente a una decisión política impulsada por una Corte con mayoría conservadoras y cuyo fallo indudablemente favorecerá al Partido Republicano en las prontas elecciones legislativas. De esta forma, es claro como los coherentes argumentos constitucionales se disfrazan para darle juego a las dinámicas electorales. Es claro como se argumentó anteriormente que el Partido Republicano tiene más acceso a la financiación privada ya que históricamente grandes corporaciones lo han respaldado políticamente. Esta situación constituye según varios analistas políticos una fuerte lesión a los pilares democráticos. Colombia por su parte muestra una posición temerosa frente a la libertad absoluta de la financiación privada a las iniciativas políticas. El reciente fallo constitucional demuestra una tendencia reacia a la liberalización de la financiación electoral. Esta tendencia obedece a fuertes razones histórico políticas, en un país en donde el Estado ha estado a favor de los intereses de los altos poderes económicos. De esta forma, la limitación a la financiación privada se ha constituido como un mecanismo con legitimidad social para prevenir la cooptación del estado por parte de intereses privados como también para asegurar una representación equitativa. Los topes de financiación como el desembolso de recursos del Estado para financiar campañas han sido mecanismos jurídicos encaminados a crear un espacio de igualdad entre los candidatos para efectos de las campañas electorales. La denominada parapolítica es una muestra más de cómo la mayor institución legislativa fue apoderada por parte de intereses privados materializados en grupos armados al margen de la ley. Dada la fuerte cooptación por parte de particulares a las instituciones estatales en Colombia no tendría acogida una medida como la de la Corte Suprema de Justicia. La debilidad del “rule of law” en Colombia, hace que sea necesario imponer restricciones a la financiación electoral, so pena de aislar una mayor injerencia de los grandes centros económicos en la institucionalidad de Colombia. Los poderosos grupos armados al margen de la ley, el narcotráfico, el fuerte sector financiero, hacen necesario que exista una regulación en materia de financiación de topes electorales. Aún cuando en la práctica los topes de financiación en su mayoría no son respetados no debe ser un argumento para desvirtuar la importancia de la figura. Esto podría interpretarse como un argumento que reafirma que detrás de las campañas hay un cumulo grande de intereses privados que amenazan con pisotear la democracia. No obstante aun cuando diversos analistas consideran que al eliminar topes supone incrementar los controles y restricciones y por ende sería beneficioso para identificar a quienes financian las campañas, este argumento carece de piso ya que en Colombia gran parte de quienes financian las campañas por encima de los topes corresponden a dineros producto de actividades ilícitas, dinero que por obvias razones aun cuando se liberen los topes seguirá ingresando a las campañas de forma extra oficial. De esta forma, en Colombia dadas las particularidades de la sociedad, una situación jurídica como la impulsada por la Corte Suprema de Justicia tendría efectos devastadores frente a los principios democráticos, la injerencia por parte de grupos armados muestra un país cuyas instituciones tienen un alto peligro a ser cooptada por privados. Empero, Colombia sigue en deuda en la creación de mecanismos jurídicos para enfrentar la violación de topes.

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