lunes, 17 de mayo de 2010

LAS ELECCIONES AL CONSEJO ESTUDIANTIL UNIANDINO, UN PROCESO QUE DEBE Y PUEDE MEJORAR por Alejandro Moya Riveros

Cada año los estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes eligen democráticamente a cuatro estudiantes para que los representen a ellos y a los intereses de la Facultad ante el Consejo Estudiantil Uniandino (CEU). Las elecciones al cargo de representante estudiantil han sido tradicionalmente tranquilas y poco concurridas. Lo normal ha sido contar con pocos candidatos y con pocos votos. Nunca ha habido problemas significativos con el desarrollo de las campañas o con el proceso de elecciones. Sin embargo, este año las cosas fueron diferentes. Para ocupar los cuatro puestos que le corresponden a nuestra Facultad en el CEU se presentaron doce candidatos; cuando lo normal es que se presenten apenas cuatro. Gracias a esto, la conquista del mercado electoral pasó de ser tradicionalmente simple a ser reñida y complicada. Las elecciones no fueron tan planas y tan pulcras como de costumbre. Los cuatro representantes que resultaron elegidos para el periodo 2010 – 2011 fueron acusados ante el CEU por haber recaudado votos de manera indebida. Los estudiantes que los denunciaron afirmaron que todos ellos se habían aventajado de las características y de las deficiencias del proceso de elecciones para ejercer un grado tal de presión sobre los electores que les permitiera determinar el sentido de sus votos.
Para poder entender porque hubo tal denuncia y para poder analizar como la situación de la que esta trata se puede evitar en un futuro es necesario que comencemos por saber cómo funcionan las elecciones al CEU. Estas se llevan a cabo de la siguiente manera: 1. Los estudiantes que desean representar a su Facultad o a su Departamento inscriben su campaña ante el CEU. 2. Hecho lo anterior, tienen aproximadamente dos o tres semanas para plantearle a los estudiantes todas sus propuestas. 3. Durante la última de las semanas en las que se puede hacer campaña, la página web del CEU abre un espacio para que cada estudiante ingrese y diligencie su voto por el candidato de su preferencia de su respectiva Facultad o Departamento. 4. Los candidatos con más votos resultan elegidos y unas semanas después toman posesión del cargo.
Gracias a lo anterior, y particularmente gracias al punto tres y a la existencia y abundancia de computadores portátiles en los Andes, los estudiantes pueden votar en el mismo lugar y en el mismo momento en que los candidatos hacen campaña. Estos pueden, por ende, exponer sus propuestas a los estudiantiles y pedirles que voten inmediatamente por ellos ofreciéndoles un portátil segundos después. Todo esto sin que alguien o algo les impida monitorear de cerca por quién vota el estudiante que los acaba de escuchar. Este último puede sentirse tan intimidado por un candidato que es compañero, monitor o amigo suyo y que lo está vigilando y espera recibir un voto, que puede efectivamente votar a su favor sin ser realmente el candidato de su preferencia. Puede haber, en otras palabras, tanta presión social de por medio que el estudiante prefiere apoyar a la persona que lo vigila en vez de afrontar la incómoda situación de decirle que NO en la cara a un candidato que le acaba de exponer sus propuestas. Si un candidato sabe todo esto, cosa que no es difícil de saber, puede andar en la última semana de campañas con un computador en la mano y así garantizar, palabras más palabras menos, que sus conocidos y sus amigos voten por él después de que este les expone sus propuestas y luego de que, inmediatamente después, les ofrece su computador para que diligencia su voto en frente suyo.
Lo que acabo de narrar fue exactamente lo que ocurrió en las elecciones de este año. Cada uno de los hoy cuatro representantes fue visto utilizando un computador personal de la manera descrita anteriormente. Cosa que, obviamente, fue puntualmente el objeto de la denuncia interpuesta ante el CEU. Sin embargo, y como ya venía diciendo, lo más importante e interesante es que dicha queja no se remitió únicamente a cuestionar la legitimidad de la elección de los actuales representantes sino que, además, crítico y sacó a la luz las fallas del sistema electoral de nuestra Universidad. Los denunciantes reprocharon como el proceso de elecciones al CEU permitía prácticas ilegitimas que podían acabar con las mínimas garantías electorales. Garantías, como por ejemplo, la no concurrencia en tiempo y espacio de las campañas y de las elecciones, la ausencia de una reflexión y de una conciencia electoral mínima en cada elector y la escases de medios de protección al votante destinados a impedir que este sea una víctima fatal de la influencia y de la presión de los candidatos.
La pregunta a responder es entonces la siguiente: ¿Cómo evitar que las personas que van a votar por un candidato a un cargo público sean víctimas de la presión de los demás candidatos hasta el punto en que dicha presión determine su voto? Para responder a esto creo conveniente mirar cómo funcionan las elecciones a cargos públicos estatales. Mi propósito es el de mirar como la legislación y la práctica electoral a nivel nacional intenta evitar que los votantes se sientan presionados directamente por los candidatos a la hora de diligenciar su voto. Hecho esto, evaluaré tal sistema e intentaré, de ser pertinente, hacer unas recomendaciones sobre la posible implementación de algunas de las disposiciones de dicho sistema al proceso de elección uniandino.
En las elecciones a cargos públicos nacionales se busca garantizar a toda costa que el elector se sienta seguro y libre a la hora de diligenciar su voto. Los puestos de votación están ubicados y diseñados de tal manera que nadie vea por quién vota el elector. Hay normas expresas que prohíben el acercamiento de cualquier candidato e incluso de cualquier simpatizante que pretenda hacer campaña política a las zonas de votación. Además, el elector diligencia su voto en una hoja que después dobla y que finamente introduce en una caja de cartón. Gracias a esto, durante los días de elecciones los electores pueden conducirse desde sus hogares hasta los puestos de votación sin recibir ataques de las campañas de los respectivos candidatos y pueden diligenciar su voto teniendo la seguridad de que nadie va a saber por quién votaron. Pueden, por ende, votar solos, por quien quieren, sin ser vigilados y sin sentirse socialmente presionados. Todo esto se logra gracias a una sola cosa: las elecciones no coinciden espacio-temporalmente con las campañas. El elector sufre los ataques de las diferentes campañas antes de las elecciones, se informa, reflexiona y toma una decisión sobre por quién votar. Hecho esto, puede ir a votar por quien ha decidió y no por quien le habla justo antes de las elecciones y le trae el puesto de votación a su casa. Los dos momentos diferentes que protege el Código Electoral, particularmente en su artículo 119, brindan las mínimas garantías electorales: conciencia electoral del votante, independencia de este y protección a este.
Salvo los casos de compra y de coacción de votos, la separación entre el tiempo y el lugar de las elecciones y de las campañas electorales parece funcionar para evitar la realización de malas prácticas. Sin embargo, ¿puede esto implementarse en nuestra Universidad? Las razones principales por la que esto no está previsto en las elecciones al CEU, creo yo, son las siguientes: 1. Los estudiantes sienten pereza de ir votar a un sitio especifico y esto los puede llevar a abstenerse de votar. 2. Los costos logísticos de establecer puestos físicos de votación son muy altos ya que implican conteo de votos, cajas, papeles y jueces. 3. Separar las elecciones de las campañas cuando las elecciones son a través de una página web es inútil puesto que no hay forma de garantizar que los candidatos no van a presionar a los estudiantes cuando se encuentren cerca de ellos en eventos sociales o en la Universidad. De lo anterior se concluye que, a pesar de que la separación entre elecciones y el tiempo de campañas con puestos físicos de votación es una opción efectiva para garantizar las mínimas garantías electorales, esta no puede ser implementada en la Universidad tal como está prevista para las elecciones a cargos públicos a nivel nacional.
¿Qué hacer entonces? Por un lado, lo deseable es la separación entre las elecciones y las campañas, y por el otro lado, no se puede abandonar el medio virtual ya que el medio físico es bastante costoso y complicado en términos logísticos. Por ende, creo que lo más prudente es reducir los tiempos de votación y seleccionar cuidadosamente los días en que se puede votar para evitar al máximo el contacto físico entre los estudiantes y los candidatos al ser dicho contacto la herramienta principal de la presión social. La propuesta concreta sería entonces la siguiente: las votaciones deben realizarse únicamente durante el último domingo de la última semana de campañas a través de la página web del CEU. De realizarse por este medio la votación sería económica y logísticamente simple y de realizarse durante todo el trayecto de dicho día se evitaría significativamente el contacto entre los electores y los candidatos puesto que el domingo es un día en el que los estudiantes suelen estar en sus casas lejos de sus compañeros. Sin embargo, y a diferencia de lo que se podría pensar, los estudiantes no van a dejar pasar este día por olvido o por pereza. Gracias a que los candidatos son los más interesados en que los estudiantes voten y gracias a que durante los domingos los estudiantes tienden a estar conectados permanente a internet y consecuentemente a redes sociales con el fin de terminar sus trabajos, estos van a poder ser motivados por los candidatos a diligenciar su voto a través de la página web del CEU. Lo importante es que los candidatos no van a estar al lado de los estudiantes para ejercer presión sobre ellos y vigilar y controlar por quien votan. El elector podrá hacer caso de la invitación del candidato pero podrá, una vez que ingrese a la página, decidir en privado y con libertad a quien apoyar.

La Reforma del Sistema de Salud Norte Americano Por Pamela Fonrodona

El Congreso de los Estados Unidos, después de intensos debates entre Republicanos y Demócratas, aprobó el proyecto de ley con el que el gobierno busca ampliar a 32 millones de personas la cobertura médica, prohíbe a las aseguradoras negar cobertura a pacientes que ya tengan alguna enfermedad.


Para lograr lo anteriormente señalado, esta nueva ley obligará a los estadounidenses a comprar un seguro médico y penalizara a quien no lo haga. En cuanto, a las familias con un ingreso inferior a los de $88,000 al año , el gobierno otorgará subsidios para que éstas puedan pagar las primas. Adicionalmente, con esta ley, Medicaid, el programa federal/estatal de servicios médicos para los pobres, deberá ser amplificado.

Adicionalmente, como ya se menciono, con esta nueva medida, las aseguradoras estarán bajo la regulación federales que les prohibirá imponer límites máximos de gastos durante la vida de la póliza, también les prohibirá negar la cobertura a personas enfermas, y además tampoco les permitirá cancelar la póliza cuando el beneficiario se enferma.

Así mismo, va permitir que la cobertura de los padres pueda amparar sus hijos hasta que cumplan 26 años de edad. Del mismo modo, se creará un nuevo plan de pacientes de alto riesgo, con el que se busca darle cobertura aquellas personas que no tengan seguro, pero ésta solo funcionará hasta el 2014, fecha en la cual la cobertura ampliada entra de lleno en vigor.

Esta reforma, cambiara el estado actual de los norteamericanos donde aproximadamente 47 millones de ellos no tienen un seguro médico. Adicionalmente, hará implemente por primera vez en ese país el sistema universal de salud pública, el cual ha sido muy “exitoso” en todos los demás países industrializados que hace varios años lo adoptaron.
Sin embargo, los críticos de esta medida, como son algunos republicanos, establecen que ésta no es sostenible en el tiempo, pues implica un costo demasiado elevado y una toma de control del sistema de salud por parte del Estado, con la que creen que se crearan algo así como ‘tribunales de la muerte’ que estarán compuestos por médicos y burócratas del Estado, los cuales serán quienes decidirán quién tendrá el derecho a ser tratado y quién deberá morir.
En conclusión, dicha norma puede llegar a solucionar mucho de los problemas que enfrentan los norte americanos por culpa del sistema de salud anterior, como se menciono anteriormente, sin embargo, le corresponderá al gobierno establecer una buena proyección presupuestal para que ésta sea realmente viable. Pues de lo contrario, en pocos años podrá vivir situaciones similares a las que enfrenta Colombia, guardado proporciones, que se encuentra con su sistema de salud en quiebra. Lo que ha llevado al gobierno colombiano a tomar medidas descabelladas como fueron los decretos de emergencia social –actualmente declarados inexequibles por la Corte Constitucional- con los que buscaba imponerle al beneficiario mayores cargas, como era pegar algunos servicios médicos hasta con sus cesantías, o el imponerle sanciones a los médicos si ordenaban medicamentos que estuvieron por fuera del POS, lo que hubiera hecho que se crearan verdaderos tribunales de la muerte’.

¿Control Migratorio o Discriminación directa? Por Andrés Felipe Esteban

El problema migratorio en Estados Unidos crece día tras día y con este propósito se toman frecuentemente medidas para evitar la estadía de residentes ilegales en el país, con este fin el pasado 20 de Abril en el Estado de Arizona (límite fronterizo con México) en Estados Unidos se promulgo la ley SB1070, la cual consiste en criminalizar a quienes no presenten documentos de estadía legal en Estados Unidos o transporten un indocumentado, facultando a las autoridades policiales para capturar a individuos sospechosos de ser inmigrantes indocumentados, esta ley aunque aún no ha entrado en vigor ya causa poca aceptación y rechazo por parte de la comunidad internacional y los defensores de los derechos humanos.

El rechazo ha sido generalizado respecto de esta ley, una vez que significa un retraso en la concepción de los derechos humanos y denota una clara intención de discriminación hacia la población inmigrante. A la luz del derecho internacional esta clase de iniciativas legislativas son rechazadas de manera directa tanto por tratados internacionales como por la costumbre internacional respecto de los derechos humanos, todas estas fundadas en el respeto por los individuos tras los tratos discriminatorios presentados durante la segunda guerra mundial en la Alemania nazi. Pues bien, la ley SB1070 parece imitar ciertos lineamientos de la Alemania de Hitler donde perseguían a quienes no fueran nacionales y se castigaban a quienes ayudaran a esconderlos. Ahora bien acorde a los artículos 22 y 23 de la ley SB1070 es ilegal transportar o ayudar a esconder a un inmigrante, de igual manera es ilegal inducir a un extranjero a residir en Arizona sin documentos legales de residencia. Totalmente parecido al régimen nazi de persecución a los judíos, negros u homosexuales.

Si bien es necesario para Estados Unidos realizar un control migratorio para garantizar a sus nacionales mayores posibilidades de trabajo y para garantizar la estabilidad de su economía, también es de imperiosa necesidad promover el respeto por los derechos humanos y evitar el fomento de actitudes discriminatorias en la sociedad, este tipo de leyes como la SB1070 generan un rechazo de tipo discriminatorio al interior de la sociedad hacia las personas que no poseen documentos legales en Arizona y la instrucción a los policías de requerir los documentos de personas que ellos consideren sospechosos de ser ilegales es una clara muestra de persecución racial o étnica que se decanta en una discriminación generalizada por parte de la población.

A lo largo de los años Estados Unidos ha tenido varias iniciativas para regular el problema de la inmigración ilegal en el país, pasando por registros electrónicos hasta inversión masiva en los países de los inmigrantes con el fin de reducir la brecha económica que seduce a estos para residir de manera ilegal en Estados Unidos. Pero en el presente caso la ley SB 1070 no provee soluciones viables al problema de la inmigración ilegal y por el contrario si surgen problemas tanto jurídicos como sociales. En primer lugar esta ley violaría de manera directa la cuarta enmienda a la constitución norte americana en el sentido que esta protege a cualquier persona frente a detenciones o requisas sin razón, y por otro lado estaría violando la presunción de inocencia por el simple hecho de encasillar un prototipo de persona en lo que se consideraría un indocumentado. Continuando encontramos que este estigma social que generaría dicha ley no contribuiría al buen convivir de la sociedad y crearía un temor en los inmigrantes ilegales al momento de reportar crímenes o colaborar con la justicia.

La solución al problema de la inmigración ilegal no se encuentra en leyes como la SB 1070, y si bien quiere mandar un mensaje social para reducir el número de inmigrantes ilegales en el país por el contrario está enviando un mensaje de odio y segregación racial en la comunidad para que se discriminen a los inmigrantes, que en muchas ocasiones pueden ser latinos domiciliados legalmente o veteranos de guerra que posean el prototipo latino que busca censurar esta ley. En este punto es rescatable resaltar las palabras de José Manuel Insulza, secretario de la OEA al respecto "Todos los países tienen el derecho de regular la inmigración dentro de sus fronteras, pero no a costa de no respetar los Derechos Humanos, los derechos de las personas, y crear estereotipos raciales que no se coindicen con la realidad", estas declaraciones del secretario de la OEA reflejan el rechazo de la comunidad internacional hacia esta ley y deja claro que el contenido de la norma no soluciona el problema al cual se enfrenta el estado, por el contrario crea más problemas sociales y se expone como se viene presentando a bloqueos económicos que desmejoran su situación con el pasar de los días.

Una vez claro que leyes como la SB 1070 no son la solución al problema de inmigración ilegal es necesario promover algunas soluciones a este conflicto para que sean implementadas de manera idónea. Encontramos que el mayor atractivo para la inmigración ilegal hacia Estados Unidos es el poder adquisitivo que brindan los empleos respecto de los empleos en el país de origen, ahora bien, si este poder económico se trasladara a los países de donde salen los inmigrantes estos no tendrían razón para alejarse de sus familias y correr riesgos legales en otro país. Estos beneficios económicos se equiparían si promoviendo incentivos económicos por parte de Estados Unidos para promover un alza en los salarios de los individuos que no haga llamativa la inmigración ilegal. Esto puede ser por medio de maquilas o inyecciones de capital que eleven las condiciones laborales de los individuos del otro estado.

Por otro lado se encuentra una propuesta llamativa que ayudaría tanto a los Estados Unidos como a los países de donde provienen los inmigrante ilegales, se trata de las visas temporales de trabajo, las cuales ayudarían a las industrias norte americanas a tener más mano de obra no calificada para determinadas labores y a los inmigrantes a trabajar de manera legal y a producir dinero para enviarlo a sus familias. Obviamente con un debido seguimiento por parte de las autoridades para que al momento del vencimiento de dicha visa los trabajadores regresen a su país de origen con el fruto de su trabajo.

Finalmente se espera que durante los 90 días que aún quedan para que entre en vigor la ley SB 1070 se pueda dar una batalla legal a favor de los derechos de los individuos y en pro de la no discriminación por ningún motivo, de tal manera que se respeten los derechos humanos y que se reafirme la dignidad humana como uno de los pilares en las sociedades actuales.

¿CONGESTION JUDICIAL EN LOS ESTADOS UNIDOS? por SEBASTIAN RODRIGUEZ ALARCON

A lo largo de los Estados Unidos ha venido ocurriendo un problema sobre los altos números de inmigrantes que llegan día a día al territorio americano en búsqueda de distintos sueños y expectativas, o simplemente por la necesidad que los persigue tras no tener una vida lo suficientemente digna en su país de origen.
En 2008, un reporte de la oficina del departamento del “Homeland Security” registra que en los Estados Unidos se detuvieron alrededor de 378,582 inmigrantes, así como 358.000 personas deportadas en las eran enviadas de vuelta a sus países de origen. Teniendo en cuenta que cada uno de estos casos debe ser procesado y resuelto en un juzgado y en consecuencia llevar un expediente, la terrible congestión procesal alarma las cifras de la rama judicial en un país que reconocido por su alta “eficiencia” judicial.
Para 2008, 300.000 casos fueron repartidos entre tan solo 231 jueces especializados en el área de inmigración. Es decir, alrededor de 1.200 casos en promedio fueron resueltos por cada juez, rebosando tres veces la capacidad que tienen los jueces de distritos federales permitidos por la normatividad nacional que los rige.
La noticia se concentra en una recomendación formal generada por parte del American Bar Association al Congreso de los Estados Unidos para que este generara la creación de una nueva figura en la que se generaran Cortes independientes, dedicadas exclusivamente para la resolución de casos de inmigración. Una corte especializada tal como ya existe hoy en día para los casos relacionados con impuestos.
Por ejemplo, el Tribunal Fiscal de los Estados Unidos, se trata de una corte especializada creada únicamente para los procesos relacionados con el área de impuestos, la cual fue creada en virtud del Articulo I de las Constitución de los Estados Unidos cuando el Comisionado de Impuestos noto una alta densidad de procesos con relación a impuestos, y el déficit fiscal ocasionado. De esta manera, el contribuyente podrá resolver el problema que presente frente a un Tribunal Fiscal antes de irse a una disputa judicial como tal. La competencia del Tribunal Fiscal también incluye la autoridad para determinar de nuevo la responsabilidad del cesionario, así como hacer ciertos tipos de sentencias declarativas, ajustar los elementos de asociación, y permitir la reducción de orden de interés. Igualmente controla la adjudicación de los costos administrativos y de los litigios, y re determinar la clasificación de los trabajadores que declaran impuestos. Todas estas funciones, conforman las tareas asignadas a esta corte especializada, en los que evidentemente sus resultados revelan no solo una descongestión del sector judicial americano, sino también incrementa el acceso a la justicia por parte de los ciudadanos .
Para contextualizar un poco la noticia, las instituciones jurídicas protagonistas son en primer lugar la asociación proponente del cambio, es decir el American Bar Association, la cual, es la asociación profesional de trabajo voluntario más grande en el mundo. Cuenta con una sede en Chicago, IL. y con alrededor de 400, 000 miembros en los que provee acreditación de abogados dentro de su escuela de derecho, así como en educación continuada, y grupos de investigación con enfoque a la mejora del sistema legal en el ámbito público de los Estados Unidos.
Por otra parte, ahora los Estados Unidos, cuenta con el departamento llamado Homeland Security (DHS), este se trata de un departamento conformado por el gabinete, es decir un departamento netamente creado por la administración presidencial de turno, correspondiente en este caso al ex presidente George W. Bush, este, con el fin de controlar de forma federal en todo el país la protección del territorio americano contra ataques terroristas y desastres naturales. En consecuencia, una de sus funciones específicas consiste en tener control cuantitativo de los casos de inmigración al país tanto como las deportaciones ocurridas.
El problema funcional que afronta los Estados Unidos, a final de cuentas no se trata de la alta migración de extranjeros al país. Por el contrario, son tan consientes que su país es el número uno en acoger a personas de todo el mundo para ofrecer un mejor nivel de vida con mejores garantías. Es bastante factible observar esta ideología de adopción por parte de los Estados Unidos dentro de un caso concreto, por ejemplo los videos que son mostrados por las pantallas que entretienen a los viajeros mientras realizan las largas filas de inmigración de entrada al territorio americano a lo largo de los distintos aeropuertos, ofrecen la bienvenida al territorio americano identificando su propio país como una nación multicultural que cuenta con una alta gama de razas y etnias que representan las culturas de todo el mundo que fueron extensas migraciones en un tiempo determinado y que hoy día poseen un largo recorrido histórico.
Es una vieja concepción pensar que los Estados Unidos están diseñados únicamente para los ciudadanos americanos. Por el contrario, se trata de un país consciente de su realidad, tan consciente que es responsable de responder por los vínculos migratorios existentes en consecuencia de: visas, asilos politicos, green cards , así como los mismos ciudadanos ilegales. El verdadero problema funcional de por medio que pretende ser solucionado, se trata son de los cientos de casos que llegan hoy en día a los juzgados en cantidades incontrolables, y que en consecuencia es necesario que grupos de investigación por facultades de derecho como el formulado en la noticia, sugieran nuevas alternativas de juzgamiento que den respuesta a la congestión que presentan los juzgados americanos en cada estado.
Plantear una decisión de este tamaño resultaría un alto estudio macro comparativo en el que se debería evaluar el contexto y la real necesidad de implementar Cortes especializadas en únicamente casos de inmigración. Sin embargo, las cifras están hablando por si solas, y las estadísticas de los jueces revelan la sobre carga que estos casos están generando sobre los jueces actualmente. Los dos estados que más presentan inmigración en los Estados Unidos son los estados de New York y California, sin siquiera contar los estados fronterizos que deben lidiar con estos casos diariamente como New Mexico o los estados fronterizos con Canadá. Los casos cada vez se vuelven más complejos, los asilos solicitados por los inmigrantes cada día incrementan. En consecuencia la conformación de tales Cortes seria una solución evidente para el Departamento Americano de Justicia, que en últimas estaría convenciendo al Congreso como tal.
No se trata de una medida de la que fuera el Gobierno incapaz de implementar. Claramente si representa un costo su creación, sin embargo el beneficio a la justicia ofrecería una mejor eficiencia en las cortes inmediatamente. A la que no solo los jueces mejorarían sus condiciones, sino seguramente más personas tendrían acceso a la justicia dentro de los Estados Unidos.
Bilbiografía:
1. New York Times: Lawyers back creating new immigrations courts. Febrero 8 de 2010. Articulo en línea: http://www.nytimes.com/2010/02/09/us/09immig.html?emc=tnt&tntemail0=y
2. American Bar Association: http://www.abanet.org/
3. Department of Homeland Security: http://www.dhs.gov/index.shtm
4. Tribunales Fiscales de los Estados Unidos, encontrado en línea en: http://www.ustaxcourt.gov/about.htm

Myanmar Bars Democracy Advocate From Election por Adriana Buitrago Herrera

By MARK McDONALD
Published: March 9, 2010
The New York Times
http://www.nytimes.com/2010/03/11/world/asia/11myanmar.html?ref=asia

Birmania expulsa oficialmente a la opositora Suu Kyi de las presidenciales
La nueva ley electoral le impide participar en las elecciones por estar cumpliendo arresto domiciliario
EFE - Bangkok - 10/03/2010
El País de España
http://www.elpais.com/articulo/internacional/Birmania/expulsa/oficialmente/opositora/Suu/Kyi/presidenciales/elpepuint/20100310elpepuint_3/Tes


Birmania expulsa oficialmente a la opositora Suu Kyi de las elecciones presidenciales. Birmania es un país del sudeste asiático. Regido por una dictadura militar por aproximadamente 48 años. Este año se realizaran por primera vez en dos décadas elecciones presidenciales. Las últimas elecciones fueron en 1990 cuando el partido “La liga nacional para la democracia” derrotó a la junta militar, y ésta que ostentaba el poder, decidió desechar las elecciones y hacia 1995 condenó a prisión domiciliaria a la líder y nobel de paz Aung San Suu Kyi, buscando así perpetuarse en el poder. Hoy después de tantos años se abría el espacio para la democracia en un país en que los militares se apropiaron el poder. Sin embargo, la junta militar no está dispuesta a ceder tan fácil pues alargó la condena de prisión domiciliaria para Suu Kyi y como si esto no fuera un claro ejemplo de la tiranía de la Junta Militar, también sacaron una nueva ley que impide ser candidato presidencial a quien haya sido condenado por un tribunal.

La junta Militar anunció “Union Election Commission Law” (State Peace and Democracy Council Law No. 1/2010) y “Political Parties Registration Law” (State Peace and Democracy Council Law No. 2/2010)
Aun cuando la ONU y la comunidad internacional han mostrado su desacuerdo con dichas leyes que sólo hunden más en el despotismo y la tiranía a Birmania y están seguros que estarán fuera del ordenamiento pronto, por el momento de esto se tratan las leyes:

• Con la "Ley de la Comisión Electoral de la Unión", el régimen será de la Comisión Electoral con aquellos a que les inspiran confianza. El régimen autoriza a la Comisión a que convoque a la elección y le da poder de toma de decisión final, en relación con el aplazamiento electoral, el rechazo, el seguimiento, la formación de sub comisiones, la formación de las circunscripciones, compilación de la lista de votantes elegibles, la formación de tribunales para juzgar disputa electoral y financiamiento a otras sub comisiones entre otros. También se da la facultad a la Comisión de administrar, supervisar y dirigir los partidos políticos.

• Con la "Ley de Inscripción de Partidos Políticos", se “legaliza” la prohibición de todos los monjes, monjas y líderes de otras religiones, los funcionarios de gobierno, los presos políticos y presos, los extranjeros, los miembros y los relacionados con las asociaciones ilícitas y los grupos insurgentes, a la formación y participación en un partido político.


Problema que se busca solucionar: La Junta Militar pretende que con las leyes regulatorias del proceso electoral y de quienes tienen la posibilidad de ser electos, se fortalezca la democracia y haya cohesión social, entendida como el proyecto común de todos los miembros de la sociedad. Unión de la sociedad entorno a un objetivo común. Limitando las posibilidades de acceso al poder para que quienes accedan estén dentro del objetivo de la sociedad.

¿Qué tan buena es esta solución?

Venezuela es un claro ejemplo de que leyes que restrinjan la posibilidad de participación en las elecciones de partidos de la oposición en búsqueda de una “cohesión social”, lo que logran es convertir el país que las aplica en régimen autoritario y totalitario. La búsqueda de la configuración de un partido único desvirtúa los principios democráticos,

En China y en Cuba, los ciudadanos no pueden votar por ningún partido que no sea el comunista, logrando no cohesión social sino represión, un régimen totalitario en el que los derechos políticos son inexistentes y criticar al régimen puede ser motivo suficiente para ir a la cárcel.

El problema social y político de Birmania lo ocasiona la Junta militar que como dictadura no protege derechos fundamentales y valores de un Estado Social en el que el interés general debe primar. No hay libertad de expresión, puesto que la mayor oponente del gobierno está condenada a prisión domiciliaria sólo para que no pueda participar en las elecciones y por ende quien gane sea un simpatizante de la Junta Militar. Con estas leyes no sólo no se lograría la cohesión social, sino que en realidad ésta no se busca. Se busca por el contrario evitar de cualquier forma que los sectores de la oposición tengan la posibilidad de acceder al poder.

La inmigración como delito en Arizona por Álex Flórez Cerchiaro

El Gobernador Jan Brewer de Arizona firmó el proyecto de ley nacional más represivo contra la inmigración ilegal el viernes 23 de abril de 2010. Su objetivo es identificar, procesar y deportar a inmigrantes ilegales.
Políticas como las anteriores han venido sucediendo, por ejemplo en Italia desde el 2008, con el impulsó del gobierno Berlusconi, donde alrededor de 700.000 indocumentados ilegales se convirtieron automáticamente en delincuentes del Estado receptor.
Como anota el New York times, la ley, según defensores y críticos es la medida de inmigración más amplia y más estricta en generaciones. Los opositores le han llamado una invitación abierta para el hostigamiento y la discriminación contra hispanos independientemente de su nacionalidad.
En contraposición a la anterior medida, se encuentran estados como los de Nueva Zelanda, Canadá, Israel y Australia los cuales promueven políticas a favor de la migración. El caso de Israel es muy curioso ya que acepta inmigrantes ilegales siempre y cuando puedan hacer parte de la fuerza laboral del país sin ninguna restricción. Otro ejemplo es el de Canadá, el cual impulsa la reubicación de familias extranjeras en su territorio, siempre que los adultos muestren un alto nivel educativo.
Si analizamos el camino que está tomando el estado de Arizona (y en el futuro muy probablemente los estados vecinos) surgen varias preguntas, ¿Son estas medidas una política realmente efectiva para frenar la inmigración ilegal? ¿cuáles son las razones de fondo que motivan una política hostil contra los inmigrantes? ¿una ampliación de la oferta laboral no calificada y por ende una mayor tasa de desempleo? Finalmente, Arizona y otros estados propensos a la Inmigración debido a su frontera con países de América Latina, han pensado en la posibilidad de diseñar e implementar políticas públicas que en vez de considerar la inmigración como un problema catastrófico, se obtengan beneficios de ello.
Y como última medida, al observar esta ley desde el lente de la globalización podría pensarse como un retroceso al cada día más fuerte rompimiento de barreras comerciales, monetarias y a las políticas de integración regional.
Es importante ver que países como Israel y Canadá, han establecido medidas de choque que en vez de atacar el problema, logran sacar provecho del mismo. Evidentemente, las políticas públicas deben estar encaminadas a lograr fortalecer todos los sectores económicos y sociales de un país. Si existe una propensión a la inmigración ilegal, en ciertos países del mundo, la visión debería ser una política interestatal mancomunada, con el Estado emisor, para lograr la estabilidad de dichas personas, y encontrar formas de vinculación laboral y económica, es así como puede fortalecerse la idea de cooperación internacional, en ésta aldea global.

Etapa pre abortiva, medidas restrictivas por Álex Flórez Cerchiaro

EL pasado martes 27 de abril, el Estado de Oklahoma en los Estados unidos impulsó y aprobó una ley que establece unas medidas en la etapa pre-abortiva, en donde se obliga a la mujer que está pensando en interrumpir su embarazo, a realizar algunas actividades que permiten ponerla en contacto con el feto; éstas comprenden una ecografía y una descripción detallada del feto antes de abortar.
Aunque en otros estados han aprobado medidas similares que obligan a que las mujeres tengan los ultrasonidos, la ley de Oklahoma va más allá, estableciendo que un médico o un técnico debe configurar el monitor para que la mujer puede ver y describir el corazón, las extremidades y los órganos del feto. No se hacen excepciones por violación y víctimas de incesto. Es decir, a partir de ahora, la mujer pasará por la gran prueba de observar al bebé, sentirlo, escucharlo, tal vez como una manera de hacer caer en la cuenta sobre la decisión que va a tomar.
El aborto es legal en los Estados Unidos de América desde El 22 de enero de 1973 con la sentencia Roe v. Wade, en la que el Tribunal Supremo de Estados Unidos definió el aborto como derecho constitucional. Sin embargo, con medidas recientes, impulsadas por el partido republicano en inclusive con el propio ex presidente George W. Bush, han limitado dicho derecho, hasta el punto de lograr que hospitales y clínicas católicas puedan oponerse a practicar abortos, y además a proteger la objeción de conciencia del profesional médico.
Así, tenemos que como ocurre en Colombia y en otros países del mundo la discusión; “aborto como delito o como derecho”, va muy de la mano con las convicciones políticas y religiosas de la nación y de los gobiernos mismos.
Medidas como la tomada por el gobierno de Oklahoma, pueden en principio, estar buscando la reducción de las cifras de aborto, o bien, de manera indirecta, hacer menos evidente la preponderancia del derecho a la vida sobre el derecho de la mujer, que desde 1973 había sido clara.
Como van las cosas, podría pensarse en una futura reforma en los Estados Unidos, partiendo de iniciativas como la de Oklahoma, que limiten el derecho al aborto y establezcan más bien, una política neutral en donde la balanza entre los derechos en pugna esté más equilibrada.
Evidentemente, las restricciones al aborto, como las impulsadas por el Estado de Oklahoma, demuestran de una u otra forma, que el derecho absoluto a abortar, poco a poco ha ido perdiendo fuerza, ya sea por presiones de grupos de interés de diversa índole, movimientos sociales y religiosos, y de sectores políticos, como el gobierno Bush, por ejemplo.
¿Podría ser el caso Colombiano un modelo aplicable? ¿Sería el modelo colombiano, un ejemplo de equilibrio entre derechos en juego? Parecería acertado indicar que el modelo permeado de Colombia frente a ésta institución, permitiría responder de alguna u otra forma, tanto al sector opositor como al sector defensor del aborto. Y del mismo modo, generar cierta imparcialidad frente al mismo.
Sin embargo, la medida que se tomó en Colombia a partir de la sentencia C-355/06, sobre la despenalización del aborto en una serie de casos, implicaría para el gobierno estadounidense, el conflicto entre la penalización del aborto y el derecho al mismo, consagrado desde hace varias décadas. Pero no sería inverosímil, pensar en que medidas como la del Estado de Oklahoma sean progresivamente la manera sigilosa de llegar finalmente a disposiciones como la Colombiana.
http://www.nytimes.com/2010/04/28/us/28abortion.html?hp