jueves, 8 de octubre de 2009

Política antidrogas. Por Andrea Uribe

En el último mes, México y Argentina hicieron un cambio en su política de prohibición de la droga, ya que despenalizaron su consumo. Eran los últimos países que faltaban en Latinoamérica para llegar a este cambio. En Argentina, fue por medio de la Corte, quien declaró inconstitucional el arresto de 5 jóvenes por ser portadores de marihuana en el 2006; mientas en México, fue a través del congreso, quien despenalizó el consumo de droga en pequeñas cantidades, finalizando con la política de perseguir a las personas que lo hacían. Con este tipo de políticas, los países están buscando disminuir la violencia y crímenes que se generan por causa de el porte de éstas, y además de ello se pretende generar políticas de educación y salud, más que otras de carácter punitivo –en donde no se erradica el problema de fondo-.
En México, desde la emisión del Código Penal Federal en 1931, se había tipificado como delito la posesión de narcóticos. La pena mínima era de 10 meses a 1 año 4 meses de cárcel cuando una persona que nunca ha sido acusada de este ilícito tenía hasta 250 gramos de marihuana o hasta 25 gramos de cocaína[1]. En 1978 se introdujo una reforma que permite eximir de acusación penal la posesión que "se presuma" para consumo personal, pero se había dejado este concepto al criterio de jueces y ministerio público, sin aclarar cantidades.[2] Lo que se generaba como consecuencia de esto, es que las personas recurrieran a la clandestinidad para poder consumir, puesto que si bien se hizo la reforma del 78, de igual manera terminaba siendo ilícito el porte de las drogas. Lo anterior, se evidencia debido a que en el primer semestre de 2009 fueron registrados 33 mil 648 delitos contra la salud, y el 67% de ellos fueron solamente por la posesión de esta sustancia[3]. Por ello, se puede ver que el hecho de que aumentaran de manera significativa las conductas punibles, era solamente por la posesión; razón por la cual no se podría deducir que existían un grave daño social.
De igual manera, en Argentina “La Ley 23737 expedida en 1989, es el marco legal de los estupefacientes y su uso indebido. La normativa sostiene que tanto la comercialización, la plantación, como el porte de drogas en dosis mínimas, es considerada un delito. En su artículo 14 se sostiene que "la pena será de un mes a dos años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal".[4] Por lo anterior, se puede ver que en el código penal de Argentina está tipificado el simple porte de la droga para consumo personal. Por ello, se puede afirmar que la legislación es bastante dura y represiva en cuanto al porte de esta sustancia se trata. En esa medida, el Estado pretende establecer el porte de la droga como una conducta punible con el fin de disminuir su consumo y erradicar los problemas de salud.
Pero, ¿esta prohibición está erradicando el problema que se pretende solucionar?
Fundamentalmente los problemas que surgen con la droga son tres: la salud pública, la v iolencia, y el narcotráfico –que se encuentra relacionada con el segundo-. El problema de salud pública gira en torno a la adicción de la persona, pues una vez la persona se vuelve adicta, ya surgen varios problemas de salud que le corresponde resolver al Estado. Pero ¿qué pasa si la persona consume la sustancia sin volverse adicto a ella? ¿Por qué la penalización de su consumo podría pensarse como una solución de política pública? Si se cree que la legalización de la droga genera problemas de salud, esto es erróneo, puesto que en el caso de Argentina por ejemplo, se puede ver que hay una droga que se llama “paco” que es una sustancia altamente tóxica que se obtiene de los residuos desechables de la pasta de coca y que provoca un rápido deterioro físico y una muerte temprana.[5] Este tipo de droga, y aplicaciones con jeringas oxidadas, son las que generan más problemas de salud que seguirán subsistiendo mientras la droga sea consumida de manera clandestina.
Lo que se debe hacer son políticas encaminadas a buscar a los traficantes de estas sustancias para poder prevenir estos problemas de salud, y que con esto dejen de seguir promocionando este tipo de drogas. De igual manera, si se sigue penalizando el consumo, todo será realizado de manera clandestina y no se podrá encontrar a los verdaderos traficantes, que con el ánimo de lucro, no les importa recurrir a prácticas ilegales que afecten la salud de los ciudadanos, y por ende se seguirá bajo este problema de salud. En ese sentido, también es posible afirmar que la extrema prohibición es lo que ha hecho florecer el negocio del narcotráfico, y la ley prohibitiva no logrará su objetivo, pues el narcotráfico seguirá aumentando en la medida que entre más repriman y castiguen la droga, más se seguirá con este flagelo. Por el contrario, como muestra Uprimny, eliminar la prohibición de la droga sí reduciría la criminalidad organizada pues, aunque se dice que incurrirían en otros negocios ilícitos, se les quitaría el negocio más rentable que tienen que es el narcotráfico, lo cual si cambiaría las cosas[6].
Los planes que plantea la ley en México, son verdaderamente idóneos puesto que ya no se busca penalizar el consumo de droga, sino que le da prioridad al tratamiento de la farmacodependencia, ordenando a la Secretaría de Salud el establecimiento de un programa nacional para combatir este problema[7]. Si se quiere resolver el problema de salud, lo que se requiere son programas de educación y de salud, para aquellos que consumen droga o que son adictos a esta sustancia, sin que con ello se les vulnere el derecho al libre desarrollo de la personalidad[8]. Estos planes pretenden solucionar el tema de raíz, pues la privación de la libertad no lograría la solución de estos problemas, sino que por el contrario, estos persistirían pero aun peor porque sería de manera clandestina y la solución simplemente sería aparente y no de fondo.
La pena, como privación de la libertad debe ser utilizada en casos especiales que logren con su fin, que es resocializar al individuo, y evitar que otras personas lo cometan. Así pues, como dice Roxin: “solo le debe ser permitido al Estado recurrir a la pena, cuando se esté ante una conducta que implique un perjuicio insoportable para la coexistencia social y no sea posible recurrir a otras formas de control menos agresivas[9]. En este caso, es claro que hay otro tipo de control menos agresivos como dije anteriormente es la educación y programas de salud a los que deben recurrir los individuos para lograr solucionar el problema de fondo. En esta medida, se solucionará el problema de raíz –pues se informará al individuo y se tratará en cuestiones de salud, sin privarlo de la libertad, y no se estará vulnerado el libre desarrollo de la personalidad con medidas perfeccionistas –como en este caso es el no consumo de drogas-.

Teniendo en cuenta lo anterior, se puede ver que últimamente los países latinoamericanos están buscando una mejor protección al libre desarrollo de la personalidad que no imponga medidas perfeccionistas y virtuosas, desligadas del concepto moral. Ahora bien, ¿por qué el gobierno de Colombia pretende otra vez retroceder a este gran avance que ya se había logrado en 1994 después de la sentencia de Gaviria? ¿Por qué siguen insistiendo en lograr penalizar el consumo, si la legalización generó un desarrollo para el país que permitió la desarrollar autonomía de la persona? Parece que con el actual gobierno colombiano, lo único que se quiere lograr, es seguir arraigados a una moralidad que no existe, con el único fin de ganar más “legitimidad” en el país. De igual manera, se busca que las personas tradicionalistas crean más en el gobierno, a costas de una política falsa que no solucionará un problema de raíz sino aparente y superficial.
[1]Vanguardia de México. “publican despenalización en México”. Tomado de http://www.vanguardia.com.mx/diario/noticia/politica/nacional/publican_despenalizacion_de_portar_drogas_en_mexico/396341. Consultado el Domingo 13 de Septiempre-2009.
[2] Ibíd..
[3] Ibíd.
[4] Para ver más información ver la ley completa en http://www1.hcdn.gov.ar/dependencias/cdrogadiccion/ley23737.htm.
[5]GALLEGO DÍAZ, Soledad. Argentina Abre la Despenalización del Consumo de Droga. El país. Tomado de: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Argentina/abre/via/despenalizacion/consumo/privado/droga/elpepusoc/20090825elpepusoc_9/Tes
[6] Uprimny Yepes, Rodrigo (1997) ¿Qué hacer con las drogas? Políticas vigentes y alternativas emergentes en: La grieta de las drogas. Santiago de Chile: Naciones Unidas; Comisión Económica para América Latina y El Caribe.
[7]Op. Cit. Vanguardia Mexicana.
[8] “Se trata de que cada persona elija su forma de vida responsablemente, y para lograr ese objetivo, es preciso remover el obstáculo mayor y definitivo: la ignorancia […]es preciso admitir que el conocimiento es un presupuesto esencial de la elección libre y si la elección, cualquiera que ella sea, tiene esa connotación, no hay alternativa distinta a respetarla, siempre que satisfaga las condiciones que a través de esta sentencia varias veces se han indicado, a saber: que no resulte atentatoria de la órbita de la libertad de los demás y que, por ende, si se juzga dañina, sólo afecte a quien libremente la toma”. Sentencia .Por ello, como muestra Gaviria, más que fomentar la represión, se debe es educar a la persona, para que ella una vez se de cuenta de los efectos negativos que causa esta sustancia, decida si quiere seguir consumiendo o no. Pero no se puede comenzar a reprimir sin antes tener planes de salud o información que ayuden al individuo. Sentencia C 221-94. MP. Carlos Gaviria Díaz.
[9] Roxin, Claus, “Iniciación al derecho penal de hoy”, Secretariado de Publicaciones de Sevilla, 1981, p. 30.

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